En conferencia de prensa realizada este día, la Junta Electoral del proceso de elección de la Directiva del CSD Xelajú MC para el periodo 2010-2012, dio a conocer entre otras cosas, la convocatoria para los socios activos que deseen conformar su planilla para participar.
La convocatoria es la siguiente:
Se comunica a los señores Socios del Club Social y Deportivo Xelajú Mario Camposeco que:
De conformidad con lo que preceptúa el Artículo 28, literal i) de los Estatutos vigentes del Club, se eligió a la Junta Electoral 2010 encargada de velar por la transparencia durante las elecciones de Junta Directiva y Junta de Fiscalización y Vigilancia para el período dos mil diez – dos mil doce (2010-2012), siendo nombrados los asociados siguientes, quienes internamente distribuyeron sus cargos como se detalla a continuación: Ulises Ixcot Xicará, Presidente; Alejandra María Ríos Ortiz, Secretaria; Eduardo Alberto Rodríguez Mijangos, Vocal; Pablo Stuardo Berthet Mauricio Encargado de Relaciones Públicas; Mario Eduardo Calijau Ramírez, Suplente; y Luis Roberto Gutiérrez Salazar, Suplente.
A quienes corresponde la elaboración del Reglamento Electoral.
Junta Electoral en uso de sus atribuciones ha dictado las correspondientes Normas Electorales, contenidas en el Reglamento Electoral, que será distribuido a los señores socios y que a su vez estará a disposición de los mismos a partir del día de hoy, en las Oficinas del Club.
Tal como lo establece el Reglamento Electoral 2010, aprobado por Junta Electoral: “La convocatoria a elecciones la realizará la Junta Electoral, de acuerdo a lo estipulado en los Estatutos del Club Xelajú M.C., debiendo presentarse por lo menos con un mes calendario de anticipación a la fecha de la celebración de las elecciones”. La convocatoria será hecha pública por parte de la Junta Directiva en funciones y la Junta Electoral, en conjunto, a solicitud por escrito de esta última, mediante conferencia de prensa a la cual se invitará formalmente a los medios de comunicación local, nacional o cualesquiera otros medios que estén a disposición de la Junta Directiva. Esto incluye el sitio de Internet del Club, y la notificación por escrito a los asociados activos.
Junta Electoral 2010 del Club Xelajú Mario Camposeco CONVOCA por este medio a elecciones de Junta Directiva y Junta de Fiscalización y Vigilancia del Club, para el período 2010-2012.
En el supuesto que resulte proclamada más de una Candidatura, Junta Electoral siguiendo lo establecido por las normas electorales se determina como fecha para la realización de las elecciones el día 17 de abril 2010, en horario de 10:00 a.m. a 17:00 p.m. como sede del evento eleccionario las oficinas del Club Xelajú M.C. interior estadio Mario Camposeco.
Para poder emitir el voto los asociados activos, deberán presentar en la mesa electoral que corresponda, de acuerdo a las normas electorales vigentes y al Artículo 80 de los estatutos del Club, su carné de socio y su cédula de vecindad o pasaporte, en el caso de extranjeros, para identificarse.
En cuanto a la presentación de candidaturas se fijo como plazo hasta el día sábado veintisiete de marzo, a las doce horas (12:00 p.m.)
En cumplimiento del Artículo 15, numeral 3, del Reglamento Electoral 2010, los cargos de Junta Directiva a elegir por planilla serán: Presidente, Vicepresidente, Secretario, Tesorero y tres Vocales, de acuerdo al Artículo 31 de los Estatutos del Club Xelajú M. C.
En cumplimiento del Artículo 15, numeral 3, del Reglamento Electoral 2010, la elección a los puestos de Junta de Vigilancia y Fiscalización serán por cargo, siendo los siguientes: Presidente, Secretario y un Vocal, de acuerdo al Artículo 43 de los Estatutos del Club Xelajú M. C.
En cumplimiento del Artículo 15, numeral 3, del Reglamento Electoral 2010, los cargos de Junta Directiva a elegir por planilla serán: Presidente, Vicepresidente, Secretario, Tesorero y tres Vocales, de acuerdo al Artículo 31 de los Estatutos del Club Xelajú M. C.
En cumplimiento del Artículo 15, numeral 3, del Reglamento Electoral 2010, la elección a los puestos de Junta de Vigilancia y Fiscalización serán por cargo, siendo los siguientes: Presidente, Secretario y un Vocal, de acuerdo al Artículo 43 de los Estatutos del Club Xelajú M. C.
Las candidaturas a los distintos puestos de cada planilla de aspirantes a Junta Directiva o cargos de Junta de Fiscalización y Vigilancia, deberán presentarse por escrito, debiendo incluir lo siguiente: nombre completo, fotocopia de cédula de vecindad o pasaporte autenticado, profesión u oficio, nacionalidad, domicilio y fotografía de cada candidato, finiquito para quienes formaron parte de Juntas Directivas y Juntas de Vigilancia y Fiscalización, o del Patronato Encargado de la Infraestructura Requerida por el Club Xelajú M. C. anteriores, así como los recibos de los meses de Agosto, Septiembre, Octubre, Noviembre y Diciembre correspondientes al año dos mil nueve; y el recibo correspondiente al mes de Enero del año dos mil diez o en su defecto la solvencia emitida por el Secretario o Tesorero de la Junta Directiva actual, de acuerdo a lo requerido por el Artículo 20, numeral 2, y en cumplimiento del Artículo 15, numeral 7, del Reglamento Electoral 2010.
Podrán elegir y ser electos los asociados activos que poseyendo la condición de elector, de conformidad con el Artículo 2 del Reglamento Electoral 2010, no se encuentren incluidos en alguna de las siguientes causas de in elegibilidad:
* Los asociados que habiendo formado parte de la Junta Directiva en funciones al momento de la elección, o de una Comisión o Junta designada por ésta, o por la Asamblea General, no hayan recibido finiquito de su gestión de parte de la Junta de Fiscalización y Vigilancia, aún cuando estén en pleno ejercicio de sus derechos como asociados.
Los asociados que no cumplan en su totalidad con los requisitos estipulados en los Artículos 15, 16, 18 y 34 de los Estatutos, o quienes tengan algún impedimento legal o incluido en los Artículos 56, 58 o 59 de los Estatutos del Club.
* Los asociados que formen parte de la Junta Electoral designada por la Asamblea General extraordinaria al momento de la elección podrán elegir mas no ser electos.
Los asociados que tengan procesos o acusaciones relacionados con la actividad del Club Xelajú M. C., que hayan sido condenados o se encuentren sujetos a proceso judicial, de acuerdo al Artículo 34 literal “d”, de los Estatutos del Club.
* Las personas que abiertamente se hayan expresado en detrimento o hayan actuado en contra del Club Xelajú M.C., entablándole cualquier tipo de demanda en contra de los intereses del Club.
* El padrón electoral válido para participar en las elecciones de Junta Directiva y Junta de Fiscalización y Vigilancia, correspondiente al período 2010 -2012, de acuerdo a los Artículos 11, 12, 13 y 14 del Reglamento Electoral 2010, será el que se publique conjuntamente con la presente Convocatoria, el que corresponde al listado de asociados activos, que la Junta Directiva entregó a la Junta Electoral, dentro de los plazos previstos por el Reglamento Electoral 2010, quedando sin validez cualquier listado que se publique, o se haga circular.
Para poder ser parte del Padrón Electoral será obligatorio haber adquirido la calidad de asociado activo seis meses antes de la fecha de la elección.
El padrón electoral válido para participar en las elecciones de Junta Directiva y Junta de Fiscalización y Vigilancia, correspondiente al período 2010 -2012, de acuerdo a los Artículos 11, 12, 13 y 14 del Reglamento Electoral 2010, será el que se publique conjuntamente con la presente Convocatoria, el que corresponde al listado de asociados activos, que la Junta Directiva entregó a la Junta Electoral, dentro de los plazos previstos por el Reglamento Electoral 2010, quedando sin validez cualquier listado que se publique, o se haga circular.
Para poder ser parte del Padrón Electoral será obligatorio haber adquirido la calidad de asociado activo seis meses antes de la fecha de la elección.
A partir de realizada la presente Convocatoria, se establece para el efecto, que el único canal oficial de información de la Junta Electoral 2008, referente al evento eleccionario 2010 del Club Xelajú M.C., corresponde específicamente a un Encargado de Relaciones Públicas, quien será el único miembro de Junta Electoral autorizado para dar declaraciones e información con respecto al proceso eleccionario, su organización y ejecución, y corre a cargo del Licenciado Pablo Stuardo Berthet Mauricio,
La presente Convocatoria deberá ser hecha pública además, por cualquier medio que se encuentre a disposición de la Junta Directiva en funciones y de la actual Junta Electoral, incluyendo el sitio de Internet del Club, y la notificación por escrito a los asociados activos; esto último será responsabilidad directa y exclusiva de la Junta Directiva en funciones.
Todos los Asociados que presenten candidaturas y planillas, deberán atender lo indicado por los Artículos 21, 22 y 23 del Reglamento Electoral 2008, con relación a la Campaña Electoral 2008, y el Uso de los Medios de Comunicación para la Campaña Electoral.
De acuerdo al Artículo 21, numeral 2, del Reglamento Electoral 2010, la campaña electoral comienza el mismo día de la Convocatoria, dura mínimo un mes y termina a las cero horas del día inmediato anterior a la votación siendo este el día Viernes dieciséis de abril del año dos mil diez, lo cual deberá ser atendido puntualmente por todos los candidatos o planillas contendientes, o de lo contrario podrán ser sancionados de acuerdo a lo preceptuado por los Artículos 58, 59 y 60 de los Estatutos del Club Xelajú M. C.